Las organizaciones UGAM-COAG y Ecologistas en Acción Cantabria han
acudido a la Fiscalía General del Estado para presentar una denuncia
contra el Ministro de Industria, D. José Manuel Soria López.
Dicha
denuncia encuentra su base en una serie de hechos que podrían constituir
un delito de obstaculización de la investigación del Defensor del
Pueblo previsto en el artículo 502.2 del Código Penal.
Todo ello
tiene su origen en una queja planteada ante el Defensor del Pueblo en el
año 2013, relacionada con la pretendida utilización de la técnica de
fracturación hidráulica o “fracking”, dentro del permiso de
investigación de hidrocarburos “Luena”. Una vez admitida a trámite, el
Defensor del Pueblo le requirió al Ministerio de Industria que le
remitiese información por la cual acreditase, entre otras cuestiones,
que existen soluciones técnicas para evitar impactos específicos y no
deseados que deriven del uso del fracking de manera que, aplicándolas,
el riesgo de contaminación resulte equiparable al que deriva del empleo
de técnicas convencionales de explotación de hidrocarburos o de otras
técnicas que generen riesgos comparables.
Sin embargo, en tanto que
desde el Ministerio de Industria no se remitía esa información, el
Defensor del Pueblo se ha visto obligado a solicitársela nuevamente en
otras dos ocasiones (marzo y julio de 2015), tras las cuales sigue sin
existir respuesta alguna. Es por ello que ambas organizaciones
consideran evidente que la actuación por parte del Ministerio de
Industria está obstaculizando la labor investigadora del Defensor del
Pueblo, máxime si se tiene en cuenta que, de conformidad con el artículo
19 de la L.O. 3/1981 la Ley 3/1981, "todos los poderes públicos están
obligados a auxiliar con carácter preferente y urgente, al Defensor del
Pueblo en sus investigaciones e inspecciones". De igual manera, hay que
recordar que el artículo 502 del Código Penal considera delictivo
obstaculizar la investigación del Defensor del Pueblo, considerándose
como una obstaculización el hecho de dilatar indebidamente los informes
que este organismo solicite.
Se considera al Ministro de Industria
responsable de esta falta de colaboración como máxima autoridad y
responsable de dicho organismo. De igual manera, se entiende que puedan
existir instrucciones expresas dentro del propio Ministerio de las que
se derive esa actuación indebida. Para llegar a esta conclusión, en
primer lugar se tienen en cuenta las continuas manifestaciones públicas
que el Ministro de Industria ha venido realizando a favor del uso de la
técnica de la fractura hidráulica, a través de la cuales se puede
observar un interés manifiesto en el desarrollo de la técnica del
fracking en España, por el cual podría haber tratado de obstaculizar la
investigación del Defensor de Pueblo.
Por otro lado, también se tiene
en consideración por los denunciantes que el hecho de haber
obstaculizado la labor inspectora del Defensor del Pueblo en el supuesto
anteriormente citado no es un caso esporádico, pues igualmente ha
sucedido en relación con otras investigaciones desarrolladas por esta
misma institución cuando se han referido a permisos otorgados por el
Ministerio de Industria en los que se encuentra previsto el uso de la
fractura hidráulica. En este sentido, en la denuncia presentada se hace
referencia a otra queja planteada ante el Defensor del Pueblo por el
pretendido uso del fracking en la provincia de Soria, en que ha existido
igualmente una retraso indebido en la entrega de la información
solicitada, así como a una queja planteada ante la Comisión de
Peticiones del Parlamento Europeo en relación al mismo permiso “Luena”,
en cuyo trámite el Ministerio de Industria no informó a las
instituciones europeas de que se encontraba previsto el uso del fracking
en una de sus fases.
Firmado por UGAM-COAG y Ecologistas en Acción de Cantabria
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